Tatuajes en la Guardia Civil en 2026: qué se permite y qué te puede excluir
Descubre si puedes entrar en la Guardia Civil con tatuajes en 2026. Normativa oficial, tatuajes visibles y qué diseños están prohibidos.
Si estás preparando la oposición de Guardia Civil y tienes tatuajes (o estás pensando en hacerte uno), hay una pregunta que se repite cada año:
¿Se puede entrar en la Guardia Civil con tatuajes en 2026?
La respuesta es clara: sí, se puede.
Pero con matices importantes, porque no todos los tatuajes son compatibles con el uso del uniforme y con los criterios oficiales del proceso selectivo.
En este artículo te explicamos la normativa real, qué tatuajes te pueden excluir, cuáles se permiten aunque sean visibles, y qué debes tener en cuenta para no llevarte sorpresas en el reconocimiento.
¿Se puede opositar a la Guardia Civil con tatuajes en 2026?
Sí. A día de hoy (enero de 2026), la normativa vigente permite tatuajes visibles con el uniforme de uso general, siempre que no contengan contenidos prohibidos.
Esto es importante porque durante años existieron rumores, restricciones “no oficiales” y recomendaciones contradictorias. Pero lo que vale es lo que aparece en el BOE y en las bases de convocatoria.
Normativa oficial sobre tatuajes en Guardia Civil (vigente en 2026)
La norma clave es el Real Decreto 967/2021, de 8 de noviembre, por el que se regula el uso general del uniforme de la Guardia Civil.
En concreto, el punto determinante es el Artículo 13: Exhibición de tatuajes, que establece:
Se permiten tatuajes visibles con el uniforme de uso general siempre que no estén dentro de los prohibidos.
Se prohíben los tatuajes (permanentes o temporales) que incluyan determinados contenidos.
Además, el Real Decreto también deja claro que la imagen externa con uniforme debe mantener una estética e imagen corporativa adecuada, sin impedir el uso correcto del uniforme.
¿Qué tatuajes están prohibidos en la Guardia Civil?
Aquí está el punto que separa un tatuaje “compatible” de un tatuaje que puede dejarte fuera.
Según el Real Decreto 967/2021, están prohibidos los tatuajes que contengan expresiones o imágenes:
Contrarias a los valores constitucionales
Contrarias a autoridades o virtudes militares
Que puedan atentar contra la disciplina
Que dañen o afecten a la imagen de la Guardia Civil
O que incluyan contenidos prohibidos por la ley
¿Qué tatuajes SÍ están permitidos en la Guardia Civil?
La norma no entra a definir estilos (“realismo”, “tribales”, “minimalistas”…), sino contenido.
En general, los tatuajes que suelen ser compatibles son los que:
No tienen mensajes políticos o discriminatorios.
No contienen símbolos ofensivos o violentos.
No atacan a instituciones, valores constitucionales o la imagen del cuerpo.
Y lo más importante:
Se permiten tatuajes visibles, incluso aunque se vean con el uniforme de uso general, si no incumplen las prohibiciones anteriores.
Ojo: lo que dicen las bases de la convocatoria (muy importante)
Además del Real Decreto, las convocatorias oficiales suelen repetir el criterio.
Por ejemplo, en la convocatoria 2025 (última publicada y accesible en fuentes oficiales), se incluye explícitamente como requisito:
“Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias…”
Y se permite que sean visibles con el uniforme si no incumplen lo anterior.
Esto es clave porque confirma que no es una interpretación, sino que está recogido como requisito del proceso selectivo.
¿Me pueden excluir por un tatuaje visible?
Sí, pero no por ser visible “sin más”.
Te pueden excluir si el tatuaje entra dentro de los contenidos prohibidos por la normativa oficial.
Es decir:
Visible + neutro = normalmente compatible
Visible + ofensivo / discriminatorio / ilegal = problema seguro
Tatuajes en manos, cuello o cara: ¿están permitidos en 2026?
Esta es la duda más habitual porque durante años se habló de “zonas prohibidas”.
Lo veraz (y lo importante):
En la normativa vigente (Real Decreto 967/2021) no aparece un listado de “zonas prohibidas” tipo “manos/cuello/cara prohibidos automáticamente”. Lo determinante es el contenido del tatuaje y su compatibilidad con la imagen institucional.
Dicho esto, consejo realista:
Si el tatuaje está en una zona muy visible (cuello, manos, cara), se va a ver siempre.
Y cuanto más visible, más riesgo de que se valore negativamente si “llama demasiado la atención” o se interpreta como algo que afecta a la imagen corporativa (aunque el texto legal no ponga “prohibido por zona”).
No es una exclusión automática por ubicación, pero sí puede ser un tema delicado si no encaja con el criterio de neutralidad y de imagen externa del cuerpo.
¿Y los piercings, dilataciones o microdermales?
Aquí sí hay una diferencia importante.
El Artículo 14 del mismo Real Decreto prohíbe (si son visibles con el uniforme) elementos como:
dilataciones
implantes microdermales o subcutáneos
argollas, espigas, inserciones
perforaciones visibles que no sean para pendientes
Si llevas algo visible de este tipo, puede ser incompatible con el uniforme.
Qué hacer si tu tatuaje entra en zona “gris”
Hay tatuajes que no son ofensivos, pero pueden interpretarse mal: frases ambiguas, símbolos poco conocidos o elementos que se puedan asociar a ideologías.
En esos casos:
Evita añadir nuevos tatuajes durante el proceso selectivo
Documenta el significado real (si es cultural/familiar)
Si tienes dudas, consulta siempre sobre normativa oficial y prepárate con una academia que te acompañe
En Patrio te ayudamos a preparar la oposición con seguridad (también en detalles como este)
En Patrio preparamos opositores de Guardia Civil con un enfoque muy práctico:
temario, psicotécnicos, pruebas físicas, entrevistas, estrategia… y también dudas reales como tatuajes, estética con uniforme o requisitos que te pueden dejar fuera por un detalle.
Porque una oposición no se gana solo estudiando: se gana llegando con todo controlado.
¿Buscas algo en concreto?
También puedes buscar en nuestras categorías





