
Antecedentes penales en las oposiciones. ¿Qué oposiciones puedo hacer con antecedentes penales? Entra y descúbrelo.
Última revisión: 07/07/2026. Guía orientativa basada en el art. 56 del Estatuto Básico del Empleado Público (RD Legislativo 5/2015) y el art. 136 del Código Penal.
Si estás pensando en presentarte a unas oposiciones y te preocupa tu historial de antecedentes penales, esta guía te ayudará a entender cómo afectan a tu posibilidad de convertirte en funcionario público, qué oposiciones permiten el acceso y cómo cancelarlos legalmente.
Te explicamos los requisitos legales, en qué oposiciones los antecedentes pueden ser un impedimento y cuáles permiten el acceso si la pena ya ha sido cumplida y cancelada.
¿Puedo presentarme a unas oposiciones si tengo antecedentes penales?
Si estás valorando presentarte a unas oposiciones y en algún momento has tenido problemas con la justicia, es normal que te preguntes si puedes opositar teniendo antecedentes penales.
La respuesta es que todo depende del tipo de delito, de la oposición concreta y de si tus antecedentes están cancelados o no. No es un "sí" o un "no" universal: es una casuística que conviene entender bien antes de decidir.
¿Qué es un certificado de antecedentes penales?
El certificado de antecedentes penales es un documento oficial emitido por el Ministerio de Justicia que acredita si una persona tiene o no antecedentes registrados en el Registro Central de Penados. Es habitual que se exija para participar en procesos selectivos de empleo público.
Se puede solicitar de forma presencial o telemática, abonando una tasa administrativa a través de la Agencia Tributaria. Para el procedimiento de oposiciones, debe solicitarlo la propia persona física aspirante al proceso selectivo. Para otros fines distintos a las oposiciones, también pueden solicitarlo las personas jurídicas mediante representación legal.
Requisitos generales de acceso al empleo público
Antes de elegir una oposición debes cumplir los requisitos generales y los específicos de acceso a cada puesto:
Edad.
Titulación de acceso.
Nacionalidad.
Cumplir con el cuadro de exclusiones médicas.
No estar en situación de inhabilitación.
Carecer de antecedentes penales.
El gran condicionante: los antecedentes penales
Aunque carecer de antecedentes es lo ideal, no siempre es un requisito excluyente. El artículo 56 del Estatuto Básico del Empleado Público (RD Legislativo 5/2015) establece que no pueden acceder al empleo público quienes se hallen inhabilitados por sentencia firme o hayan sido separados del servicio mediante expediente disciplinario.
Además, muchas convocatorias añaden una segunda condición: no haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad superiores a tres años, salvo que los antecedentes penales se hayan cancelado.

Casuística: cómo afecta cada tipo de delito y de pena
No todos los antecedentes pesan igual. Lo que determina si puedes opositar (y cuándo) no es solo "tener antecedentes", sino el tipo de delito, la gravedad de la pena y si esos antecedentes están vigentes o cancelados.
Delito doloso frente a delito imprudente
La mayoría de convocatorias de acceso restringido se fijan en los delitos dolosos (cometidos de forma intencionada). Un antecedente por un delito imprudente suele tratarse con más flexibilidad, y el plazo para cancelarlo es más corto.
Gravedad de la pena y plazo de cancelación
El artículo 136 del Código Penal fija cinco plazos distintos, que empiezan a contar desde el día siguiente al cumplimiento total de la pena (incluida, en su caso, la responsabilidad civil) y siempre que no se vuelva a delinquir:
Tipo de pena | Plazo para cancelar |
|---|---|
Penas leves | 6 meses |
Penas que no excedan de 12 meses e impuestas por delitos imprudentes | 2 años |
Resto de penas menos graves inferiores a 3 años | 3 años |
Penas menos graves iguales o superiores a 3 años | 5 años |
Penas graves | 10 años |
Un matiz que suele pasarse por alto: la cancelación nunca se produce por el simple paso del tiempo desde la sentencia. Primero hay que haber extinguido la responsabilidad penal (cumplir la pena, obtener la remisión condicional o el indulto) y, a partir de ahí, esperar el plazo correspondiente sin reincidir. Además, en la mayoría de los casos la cancelación no es automática, así que conviene solicitarla y no dar por hecho que se ha borrado sola.
El umbral de los delitos dolosos con pena de más de 3 años
La cláusula habitual en las convocatorias excluye a quien haya sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad superiores a tres años, salvo que los antecedentes estén cancelados. Es decir: incluso un delito grave puede dejar de ser un obstáculo una vez cancelado en los plazos legales.
¿A qué oposiciones no me puedo presentar con antecedentes penales?
Las oposiciones a las que no puedes optar teniendo antecedentes vigentes por delitos dolosos son, principalmente, las relacionadas con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Instituciones Penitenciarias y la Administración de Justicia:
Oposiciones a Policía Nacional.
Oposiciones a Policía Autonómica.
Oposiciones a Policía Local.
Oposiciones a la Guardia Civil.
Oposiciones de Justicia.
Oposiciones a Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
En estos procesos, la comprobación de antecedentes puede hacerla de oficio la Jefatura de Enseñanza, ya que al presentar telemáticamente la instancia se autoriza a ello. Si el aspirante no da su consentimiento, deberá aportar: original y copia auténtica del DNI, certificado de antecedentes penales expedido por el Ministerio de Justicia, y original y copia auténtica del permiso de conducción de la clase B sin restricciones.
Normalmente, entre los requisitos básicos se especifica que los aspirantes deben reunir —en la fecha en que finalice el plazo de admisión de instancias y mantener durante el proceso selectivo y los periodos de formación— los siguientes:
Carecer de antecedentes penales.
No hallarse incurso en un procedimiento judicial por delito doloso (como procesado, investigado judicialmente o acusado con apertura de juicio oral).
Diferencias entre Fuerzas Armadas, Guardia Civil y Policía Nacional
Los tres cuerpos comparten la exigencia de carecer de antecedentes penales en la fecha en que finaliza el plazo de instancias, requisito que debe mantenerse durante todo el proceso selectivo y los periodos de formación. Las diferencias están en los matices:
Fuerzas Armadas (Ejército): cuerpo de naturaleza militar. Además del requisito de antecedentes, se aplica un cuadro de exclusiones médicas y pruebas específicas. El acceso queda vedado con antecedentes por delito doloso vigentes.
Guardia Civil: instituto armado de naturaleza militar. Comparte el criterio estricto de los cuerpos militares y verifica los antecedentes de oficio cuando el aspirante lo autoriza al presentar la instancia telemática.
Policía Nacional: cuerpo civil armado. Mismo requisito de carecer de antecedentes por delito doloso, con la condición añadida de no estar incurso en un procedimiento judicial por delito doloso.
En los tres casos, la regla general es la misma: antecedentes vigentes por delito doloso impiden el acceso; antecedentes cancelados conforme al art. 136 CP, no. La redacción exacta figura en las bases de cada convocatoria, que son las que mandan.
Un apunte que confunde a mucha gente: los antecedentes penales (Registro Central de Penados, Ministerio de Justicia) no son lo mismo que los antecedentes policiales (Ministerio del Interior). Los policiales recogen actuaciones aunque no exista condena y tienen su propio régimen de cancelación. Para los cuerpos de seguridad, ambos pueden ser relevantes.
¿A qué oposiciones puedo optar con antecedentes penales?
Si aspiras a un puesto que no figura entre los anteriores, podrás presentarte, pero el mejor consejo es que leas los requisitos de acceso de la convocatoria concreta, fijados en sus bases. Por lo general, estos procesos estipulan que el aspirante no debe haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad superiores a tres años, salvo cancelación de antecedentes.
Algunas de las oposiciones a las que puedes presentarte con antecedentes (cumpliendo esa condición) son:
Oposiciones a Agente de Hacienda.
Oposiciones a Técnico de Hacienda Pública.
Oposiciones de Administrativo.
Oposiciones de Auxiliar Administrativo.
Oposiciones a Correos.
¿Qué es la cancelación de antecedentes penales?
Toda persona condenada por sentencia firme que haya extinguido su responsabilidad penal tiene derecho a obtener del Ministerio de Justicia la cancelación de sus antecedentes en el Registro Central de Penados, en los plazos que marca la ley. Es el procedimiento por el cual, a efectos legales, se considera que la persona ya no tiene antecedentes penales.
¿Qué implica la cancelación?
Una vez cancelados, los antecedentes tienen varias consecuencias importantes:
Desaparición del registro oficial. Ya no figuran en el certificado emitido por el Ministerio de Justicia; legalmente dejas de tener antecedentes.
Acceso a oposiciones y empleos públicos restringidos. Muchas oposiciones excluyen a personas con antecedentes por delitos dolosos, pero permiten el acceso si están cancelados. La cancelación te habilita legalmente para optar a esas plazas.
Protección ante decisiones administrativas. Una vez cancelados, no pueden usarse en tu contra en procesos de empleo, permisos, ayudas u otros trámites.
Cómo obtener el certificado de antecedentes penales para la solicitud
El certificado lo emite el Ministerio de Justicia y acredita si constan o no condenas en el Registro Central de Penados. Pasos:
Rellena el modelo 790, código 006, disponible en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
Paga la tasa administrativa, que en 2026 se sitúa en torno a los 3,86 €, por vía telemática (con certificado digital o Cl@ve) o en una entidad bancaria colaboradora.
Presenta la solicitud por una de las tres vías: online (la más rápida), presencial en una Gerencia Territorial de Justicia o en la Oficina Central de Atención al Ciudadano de Madrid, o por correo postal.
De forma presencial, el certificado suele emitirse en el momento y, cuando no es posible, está disponible por norma general a las 24 horas. No tiene caducidad legal, pero en la práctica la mayoría de organismos pide uno emitido en los últimos tres meses.
Un detalle útil: en muchas convocatorias de cuerpos de seguridad, al presentar la instancia telemática autorizas al órgano convocante a comprobar tus antecedentes de oficio, por lo que no siempre tendrás que aportar el certificado tú mismo. Si no das ese consentimiento, deberás presentarlo con el resto de documentación.
¿Qué ocurre si aparecen antecedentes después de superar el proceso selectivo?
Uno de los puntos que más dudas genera. Los requisitos de acceso —incluido carecer de antecedentes— no solo hay que cumplirlos al presentar la instancia: hay que mantenerlos durante todo el proceso selectivo y los periodos de formación. Esto tiene tres consecuencias prácticas:
Si te condenan durante el proceso, dejas de reunir los requisitos y puedes ser excluido del proceso o del curso de formación, aunque hubieras superado las pruebas.
Si ocultaste antecedentes vigentes al declarar que carecías de ellos, no solo puede excluirte: una declaración falsa puede acarrear la pérdida del derecho a la plaza e incluso responsabilidades adicionales.
Si los antecedentes se cancelan a tiempo, antes de la fecha clave, el certificado sale limpio y no suponen obstáculo. Por eso conviene calcular si llegas a esa fecha con la cancelación ya obtenida y, si no, instarla con antelación suficiente.
La regla de oro es la misma que recorre todo el artículo: revisa las bases de tu convocatoria concreta, porque son las que fijan qué se exige, en qué fecha y con qué consecuencias.
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